Dos versiones diferentes de una relación sexual

Antonio Estella Aroza

Si una persona denuncia una agresión sexual y la otra afirma que hubo consentimiento, ¿cómo se resuelve el caso? Descubre qué pruebas se valoran y qué dice el Tribunal Supremo.

¿Qué ocurre cuando una persona afirma que hubo una agresión sexual y la otra sostiene que la relación fue consentida?

Cuando dos personas ofrecen versiones diferentes sobre una relación sexual, el procedimiento judicial debe determinar qué hechos han quedado acreditados y si constituyen un delito. Para ello, el juez o tribunal analiza las declaraciones, las posibles contradicciones y el resto de las pruebas disponibles.

La existencia de dos versiones distintas no significa automáticamente que una persona mienta ni que la otra tenga razón. Tampoco basta con presentar una denuncia para que los hechos denunciados se consideren probados.

En un procedimiento por agresión sexual, la valoración debe realizarse con rigor, respetando tanto los derechos de la persona denunciante como la presunción de inocencia de la persona investigada o acusada.

El resultado dependerá de las circunstancias concretas del caso, de la calidad de las pruebas y de si estas permiten alcanzar una conclusión judicial suficientemente fundada.

1. ¿Tiene más credibilidad la versión de quien denuncia?

No existe una regla que otorgue automáticamente más credibilidad a una persona por el hecho de denunciar, ni que permita descartar su relato porque la otra parte lo niegue.

La declaración de la persona denunciante es una prueba que debe examinarse junto con las demás circunstancias del procedimiento. En determinados casos, incluso puede constituir prueba de cargo suficiente para fundamentar una condena, siempre que se valore de manera racional y motivada y permita desvirtuar la presunción de inocencia.

Esta posibilidad es especialmente relevante en los delitos sexuales, porque pueden producirse en la intimidad, sin testigos directos y sin dejar necesariamente lesiones físicas.

Sin embargo, que una declaración pueda ser suficiente no significa que deba aceptarse sin análisis. El tribunal tiene que explicar por qué considera acreditados los hechos y por qué las pruebas permiten alcanzar esa conclusión.

El artículo 24.2 de la Constitución Española reconoce el derecho a la presunción de inocencia. Esto implica que una condena no puede basarse únicamente en la existencia de una acusación, sino en pruebas de cargo válidas y en una valoración judicial razonada.

2. ¿Qué analiza el juez cuando existen versiones contradictorias?

No se trata de elegir la versión que parezca más convincente a primera vista. El órgano judicial debe examinar el conjunto de las pruebas y su relación con los hechos que se investigan.

Entre los aspectos que pueden resultar relevantes se encuentran los siguientes:

La coherencia de cada declaración

Se analiza si el relato es comprensible, si mantiene una lógica interna y si las circunstancias descritas resultan compatibles con el resto de las pruebas.

Esto no significa exigir que una persona recuerde todos los detalles con absoluta precisión. Las diferencias sobre aspectos secundarios deben distinguirse de aquellas que afectan a cuestiones esenciales, como qué ocurrió, cuándo sucedió o si existió consentimiento.

Las contradicciones entre declaraciones

Si una persona ha relatado los hechos de diferentes maneras, puede ser importante determinar qué cambió, en qué momento y por qué.

No todas las diferencias tienen la misma importancia. Una discrepancia sobre un detalle periférico no equivale necesariamente a una contradicción sobre el núcleo de los hechos.

Del mismo modo, que una persona mantenga una versión sin cambios no demuestra por sí solo que sea verdadera. La persistencia del relato es un elemento que puede valorarse, pero no sustituye el análisis de su contenido y de las demás pruebas.

La existencia de elementos de corroboración

El tribunal también puede examinar si existen otros elementos que apoyen o contradigan las versiones ofrecidas.

Por ejemplo:

  • Mensajes de WhatsApp anteriores o posteriores a los hechos.
  • Testigos que hayan observado circunstancias relevantes antes o después del encuentro.
  • Grabaciones obtenidas legalmente.
  • Informes médicos o periciales, cuando sean pertinentes.
  • Datos objetivos sobre horarios, desplazamientos o comunicaciones.
  • Otras declaraciones o documentos incorporados legalmente al procedimiento.

No es necesario que cada prueba demuestre por sí sola la existencia de una agresión sexual. Su relevancia depende de qué hecho concreto puede acreditar y de cómo encaja con el conjunto del material probatorio.

El contexto de la relación

La existencia de una relación sentimental previa, de encuentros sexuales anteriores o de comunicaciones afectuosas puede ser relevante para comprender determinadas circunstancias, pero no permite concluir automáticamente que existió consentimiento en un acto sexual concreto.

El consentimiento debe analizarse atendiendo a las circunstancias del hecho investigado. Haber consentido una relación anterior no implica haber consentido todas las posteriores.

3. ¿Qué importancia tienen las contradicciones en una denuncia por agresión sexual?

Las contradicciones pueden ser importantes, pero su efecto depende de su naturaleza y de la relevancia que tengan para esclarecer los hechos.

Conviene distinguir tres situaciones.

Contradicciones sobre aspectos esenciales. Por ejemplo, cuando existen versiones incompatibles sobre si se manifestó oposición, si se produjo un acto concreto o si la persona pudo expresar libremente su voluntad. Si afectan al núcleo de la acusación, pueden tener una incidencia significativa en la valoración de la prueba.

Diferencias sobre detalles secundarios. Pueden existir discrepancias sobre horarios aproximados, el orden de determinados acontecimientos o aspectos accesorios. Por sí solas, no permiten concluir que una declaración sea falsa.

Diferencias que pueden explicarse por las circunstancias. El tiempo transcurrido, la forma en que se prestaron las declaraciones y la naturaleza de lo ocurrido pueden ayudar a contextualizar algunas variaciones. La explicación debe examinarse en cada caso, sin dar por supuesto que cualquier contradicción es irrelevante ni que toda diferencia invalida un testimonio.

Por tanto, la pregunta importante no es simplemente si existen contradicciones, sino qué aspecto de los hechos afectan, si tienen una explicación razonable y cómo se relacionan con el resto de las pruebas.

4. ¿Qué dice el Tribunal Supremo sobre la valoración del testimonio?

La jurisprudencia penal admite que la declaración de la víctima pueda constituir prueba de cargo suficiente incluso cuando no existen otros testigos directos. Pero esa posibilidad exige una valoración cuidadosa y una motivación judicial que permita comprender por qué el testimonio se considera fiable y suficiente para acreditar los hechos.

Tradicionalmente, la jurisprudencia ha utilizado como pautas orientativas la credibilidad subjetiva, la coherencia o verosimilitud del relato y la persistencia en la incriminación. Estos criterios no funcionan como una lista automática de requisitos que deban cumplirse mecánicamente: deben aplicarse atendiendo a las circunstancias de cada asunto y junto con las demás pruebas.

STS 2580/2025, de 12 de junio

El Tribunal Supremo examinó un recurso en el que se cuestionaba, entre otras cuestiones, la suficiencia de la declaración de la víctima y la presunción de inocencia. La Sala consideró que, en aquel caso concreto, el testimonio reunía las condiciones jurisprudenciales necesarias para constituir prueba de cargo suficiente.

Esta resolución ilustra una idea importante: la declaración de la víctima puede bastar para fundamentar una condena, pero no porque tenga un valor automático, sino porque el tribunal debe valorar si, en el caso concreto, permite alcanzar una convicción racional sobre los hechos.

La sentencia puede consultarse en el buscador oficial de jurisprudencia del Poder Judicial.

Una absolución también puede estar justificada cuando las pruebas no son suficientes

La valoración de las versiones contradictorias no conduce necesariamente a una condena. Si las pruebas practicadas no permiten considerar acreditados los hechos más allá de una duda razonable, la presunción de inocencia impide condenar.

Como ejemplo, el 10 de abril de 2025, el Consejo General del Poder Judicial informó de una absolución dictada por la Audiencia Provincial de Gipuzkoa en un procedimiento por agresión sexual en el que la denunciante y el acusado ofrecían versiones diferentes sobre el carácter consentido de las relaciones. Según la información publicada, el tribunal apreció contradicciones relevantes y consideró insuficientes los elementos de corroboración en aquel caso concreto.

La resolución no significa que las contradicciones conduzcan siempre a una absolución. Muestra que su importancia depende de su entidad y de la valoración conjunta de las pruebas.

Puede consultarse la información publicada por el Consejo General del Poder Judicial.

5. ¿Qué ocurre si no existen pruebas físicas ni testigos?

La ausencia de pruebas físicas o de testigos directos no implica automáticamente que los hechos no puedan probarse.

En algunos procedimientos, las declaraciones de las personas implicadas constituyen una parte fundamental del material probatorio. También pueden existir mensajes, comunicaciones, informes u otros indicios que permitan reconstruir lo sucedido.

La cuestión jurídica consiste en determinar si las pruebas disponibles, consideradas en conjunto, son válidas y suficientes para acreditar los hechos.

Es importante evitar dos conclusiones igualmente incorrectas:

  • Afirmar que, sin lesiones o testigos, una agresión sexual no puede probarse.
  • Sostener que la existencia de una denuncia basta para demostrar que la agresión ocurrió.

Ambas simplifican una valoración que debe realizarse atendiendo a las circunstancias concretas del procedimiento.

6. ¿Pueden los mensajes de WhatsApp ayudar a aclarar las versiones?

Sí. Los mensajes pueden aportar información relevante sobre las comunicaciones entre las personas implicadas, la cronología de los hechos o determinadas circunstancias anteriores o posteriores al encuentro.

Sin embargo, su contenido debe interpretarse con cautela.

Un mensaje afectuoso posterior no demuestra por sí solo que hubiera consentimiento para todos los actos sexuales anteriores. Del mismo modo, una conversación que parezca contradictoria con una declaración debe analizarse en su contexto, teniendo en cuenta la fecha, la conversación completa, la autoría y su autenticidad.

Los mensajes pueden apoyar una versión, cuestionar una afirmación o resultar neutrales respecto de los hechos esenciales. Su valor depende de lo que realmente permitan acreditar.

Por eso, cuando existen conversaciones relevantes, conviene conservarlas completas y evitar seleccionar únicamente los fragmentos que parezcan favorecer una determinada interpretación.

Puedes ampliar esta cuestión en nuestro artículo sobre la importancia de los mensajes de WhatsApp en un procedimiento por delito sexual, donde explicamos cómo se examinan su autenticidad, integridad y contexto.

7. ¿Qué puede hacer una persona acusada si niega los hechos?

Cuando una persona es investigada por una posible agresión sexual y sostiene que los hechos no ocurrieron como se describen en la denuncia, es importante que la defensa se prepare desde el inicio del procedimiento.

La estrategia no debe consistir simplemente en negar la acusación, sino en analizar de manera concreta qué hechos se atribuyen, qué pruebas existen y qué aspectos necesitan ser contrastados.

Entre las actuaciones que pueden resultar pertinentes, según el caso, se encuentran:

  • Reconstruir la cronología: identificar fechas, horarios, comunicaciones y circunstancias relevantes.
  • Conservar las pruebas: guardar mensajes completos, documentos y otros elementos potencialmente relevantes sin modificarlos.
  • Examinar las declaraciones: identificar contradicciones relevantes, precisar qué hechos se discuten y comprobar si las diferencias tienen explicación.
  • Analizar la prueba digital: revisar la autenticidad, integridad y contexto de los mensajes o archivos que se aporten.
  • Identificar posibles testigos: determinar si existen personas que puedan aportar información directa o contextual relevante.
  • Valorar la legalidad de las pruebas: comprobar cómo se obtuvieron y si pueden utilizarse válidamente en el procedimiento.

La defensa debe actuar respetando la ley. No se deben fabricar pruebas, alterar conversaciones, presionar a la persona denunciante ni intentar coordinar declaraciones con posibles testigos.

Si existen mensajes, archivos o datos que puedan desaparecer, conviene preservarlos cuanto antes y consultar con un abogado penalista sobre la forma adecuada de aportarlos.

8. ¿Qué sucede si el juez no puede determinar con seguridad qué ocurrió?

El proceso penal exige que una condena se apoye en pruebas de cargo suficientes, practicadas con las garantías legales y valoradas racionalmente.

Si, después de examinar las pruebas, persiste una duda razonable sobre hechos esenciales para establecer la responsabilidad penal, no puede dictarse una condena sobre la base de una mera sospecha.

Esto no significa que el tribunal deba considerar falsa la denuncia. Significa que no haber podido acreditar suficientemente unos hechos en un procedimiento penal no equivale, por sí solo, a demostrar que la persona denunciante haya mentido deliberadamente.

La valoración de la prueba y la eventual responsabilidad penal por una denuncia falsa son cuestiones distintas, que requieren analizar sus propios presupuestos.

Cada procedimiento debe resolverse atendiendo a las pruebas que se hayan practicado y a los hechos que puedan considerarse acreditados.

9. Cómo se analiza un caso con versiones contradictorias en ESYA Legal

Ante una acusación por un posible delito sexual, el análisis jurídico debe partir de los hechos concretos y no de conclusiones preconcebidas sobre las personas implicadas.

Entre los aspectos que conviene estudiar se encuentran:

  • Qué hechos específicos se atribuyen y cuáles se niegan.
  • Qué diferencias existen entre las distintas declaraciones y si afectan a cuestiones esenciales.
  • Qué mensajes, documentos, testigos u otros elementos pueden ayudar a esclarecer los hechos.
  • Si las pruebas son auténticas, pertinentes y se han obtenido legalmente.
  • Qué elementos apoyan o cuestionan cada versión.
  • Si el conjunto de las pruebas permite sostener jurídicamente la acusación o la defensa.

En ESYA Legal, firma multidisciplinar con sede en Granada, el enfoque debe ser individualizado: cada procedimiento requiere estudiar sus circunstancias, las pruebas disponibles y las garantías procesales aplicables.

Si necesitas orientación ante una denuncia o una investigación por un posible delito sexual, puedes consultar nuestro servicio de abogados penalistas de ESYA Legal.

Preguntas frecuentes

¿Si hay dos versiones diferentes, quién tiene que demostrar lo ocurrido?

La acusación debe aportar prueba de cargo suficiente para sostener la responsabilidad penal. La persona acusada conserva su derecho a la presunción de inocencia y no tiene que demostrar su inocencia para evitar una condena.

¿Puede condenarse a una persona únicamente con la declaración de la denunciante?

Sí, puede ocurrir, siempre que el tribunal valore esa declaración de forma racional, motivada y conforme a las garantías del proceso penal, y considere que constituye prueba de cargo suficiente para desvirtuar la presunción de inocencia.

¿Una contradicción en la denuncia significa que la persona está mintiendo?

No necesariamente. Debe analizarse qué se contradice, la importancia de esa diferencia y su relación con el resto de las pruebas. Una contradicción relevante puede afectar a la valoración del testimonio, pero no demuestra por sí sola una mentira deliberada.

¿Los mensajes de WhatsApp pueden demostrar que una relación fue consentida?

Pueden aportar información relevante, pero su significado depende del contenido y del contexto. Un mensaje no demuestra automáticamente que existiera consentimiento para todos los actos sexuales investigados.

¿Qué ocurre si no hay lesiones ni testigos?

La ausencia de lesiones o de testigos directos no impide automáticamente acreditar los hechos. El tribunal debe valorar el conjunto de las pruebas disponibles y determinar si son suficientes.

¿Una absolución significa que la denuncia era falsa?

No. Una absolución puede deberse a que no se hayan acreditado suficientemente los hechos o la responsabilidad penal. Para atribuir responsabilidad por una denuncia falsa deben concurrir y acreditarse los requisitos legales correspondientes.

Conclusión

Cuando dos personas ofrecen versiones diferentes sobre una relación sexual, la respuesta judicial depende de la valoración conjunta de las pruebas. Las contradicciones, los mensajes, los testimonios y las demás circunstancias pueden ayudar a esclarecer los hechos, pero ninguno de estos elementos debe interpretarse de forma automática.

La presunción de inocencia exige que una condena esté respaldada por pruebas suficientes y una motivación racional. Al mismo tiempo, la ausencia de pruebas físicas o de testigos directos no impide necesariamente acreditar un delito.

Ante una denuncia o una investigación por un posible delito sexual, el análisis jurídico individualizado de los hechos y de las pruebas es esencial para proteger los derechos de todas las personas implicadas.

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