Este artículo te explica de forma clara y sencilla qué es exactamente el delito de amenazas, qué tipos recoge el Código Penal, qué penas puede conllevar (incluidas las amenazas leves) y cómo se defiende un caso en juicio.
ASPECTOS CLAVE:
- El Código Penal distingue entre amenazas graves, leves, condicionales y de tipo terrorista.
- Las penas pueden ir desde una simple multa hasta 5 años de prisión.
- Las pruebas (mensajes, testigos o grabaciones) son clave para condenar o exculpar.
Si tú, o alguien cercano, se enfrenta a un juicio por delito de amenazas, saber cómo funciona este tipo penal puede marcar la diferencia entre una condena grave y una absolución. Aquí tienes todo lo que necesitas saber.
¿Qué es el delito de amenazas y qué protege?
El delito de amenazas castiga cualquier anuncio de un mal futuro—sea físico, patrimonial o de otro tipo—que infunda temor en la víctima.
Con ello, el Código Penal protege el bien jurídico de la seguridad emocional y la libertad de la persona para vivir sin miedo.
Requisitos para que exista un delito de amenazas
Para que exista delito de amenazas, se deben dar dos elementos esenciales:
- Anuncio de un mal
- Puede ser una amenaza de muerte, lesiones, daños a la propiedad o revelar información íntima.
- Incluye el delito de amenazas con arma blanca cuando se usa un cuchillo u otro instrumento para intimidar.
- Temor legítimo en la víctima
- La víctima debe creer que el agresor tiene capacidad y voluntad de cumplir la amenaza.
- No basta el enfado: tiene que generarse un miedo real y proporcionado.
Sin estos requisitos (anuncio concreto y miedo efectivo), no hay delito de amenazas, sino como mucho un delito leve de amenazas si no hay testigos o el mal anunciado no es suficiente (por ejemplo, sin testigos y sin arma: delito leve de amenazas).
En cualquier caso, te recomendamos el contacto con un abogado penalista que te pueda ayudar con los temas más técnicos. Si tienes un problema, contáctanos.
Tipos de amenazas según el Código Penal
El delito de amenazas Código Penal distingue varias categorías, desde las más graves hasta las leves:
Amenazas de mal constitutivo de delito (art. 169 CP)
- Amenaza grave de cometer un delito, p. ej.:
“Si no me pagas, te pego un machetazo.” - Pena: prisión de 1 a 5 años y/o multa.
Amenazas contra colectivos y terrorismo (art. 170 CP)
- Amenazas dirigidas a grupos (raza, religión) o con fines terroristas.
- Incluye llamadas anónimas, correos masivos, pintadas…
- Pena: 2 a 5 años de prisión.
Amenazas de mal no constitutivo de delito y chantaje (art. 171.1–3 CP)
- Amenazas de hacer algo ilegal que no sea delito, p. ej.: destruir tu propiedad o difundir un rumor.
- Chantaje: exigir algo (dinero, favor) a cambio de no revelar información.
- Pena: multa de 3 a 12 meses o prisión de 6 meses a 2 años si hay chantaje.
Amenazas leves y contexto doméstico (art. 171.4–7 CP)
- Delito leve de amenazas cuando la intimidación es mínima, sin arma ni mal grave.
- Muy frecuente (por ejemplo) en disputas vecinales.
- Pena: multa de 1 a 3 meses o trabajos en beneficio de la comunidad (p. ej. juicio por delito leve de amenazas).
Tabla de penas y multas del delito de amenazas
En función del tipo de amenaza y sus circunstancias, las penas y multas pueden variar. Esta tabla recoge lo más habitual en 2025:
Tipo de amenaza | Pena de prisión | Multa |
Amenaza no condicional (directa) | 1 a 5 años | Hasta 12 meses de multa |
Amenaza condicional (“Si no haces X, haré Y”) | 6 meses a 2 años | 3 a 12 meses de multa |
Chantaje (exigir algo a cambio de no revelar) | 6 meses a 2 años (la pena será más grave si el chantajista consigue su propósito) | 6 a 18 meses de multa |
Amenaza leve | Trabajos en beneficio de la comunidad o multa 1–3 meses | — |
Amenazas condicionales vs no condicionales
- No condicionales. “Te mato” o “Te pego un tiro” sin depender de tu acción. Suponen un delito de amenazas graves y llevan penas más altas (1–5 años).
- Condicionales. “Si no me devuelves el dinero, te mato”. El mensaje depende de tu conducta. Suelen considerarse delitos de chantaje y amenazas con penas de 6 meses a 2 años.
Chantaje y agravantes por medio de comunicación
- El chantaje implica exigir algo (dinero, favores) a cambio de no llevar a cabo la amenaza.
- Cuando se usa teléfono, redes sociales o correo para intimidar, la pena puede subir:
- Hasta 3 años de prisión si se emplean medios masivos o anónimos.
- Multas aumentadas por la publicidad del acto.
Amenazas leves: violencia de género y doméstica
- En el ámbito familiar o de pareja, una simple frase intimidatoria sin armas puede ser un delito leve de amenazas.
- Si se repite o acompaña de violencia psicológica, puede agravarse a delito de violencia de género con penas específicas.
Agravantes y atenuantes más relevantes
Al calcular la pena final, el juez valora factores que pueden aumentar o reducir la condena.
Ejemplos de agravantes
- Menores. Amenazar delante o contra un menor aumenta la pena.
- Arma. Usar o exhibir un cuchillo, pistola u otro instrumento.
- Medio masivo. Difundir la amenaza por redes sociales, WhatsApp grupal o prensa.
Ejemplos de atenuantes
- Arrepentimiento. Reconocer el delito antes del juicio puede rebajar la pena.
- Retractación. Dejar claro que no se cumplirá la amenaza y pedir perdón reduce la gravedad
Cómo se prueba y defiende un caso de amenazas
En un juicio por delito de amenazas, todo gira en torno a las pruebas. Si has sido denunciado o quieres denunciar a alguien, es clave saber cómo se puede demostrar lo ocurrido y qué estrategias legales existen para defenderse.
Pruebas clave: mensajes, grabaciones y testigos
Las pruebas más habituales en casos de delitos de amenaza incluyen:
- Mensajes de texto o WhatsApp: capturas de pantalla donde se vea claramente el contenido amenazante.
- Grabaciones de audio o vídeo: si la amenaza se produjo en persona o por llamada y se puede grabar legalmente.
- Testigos presenciales: personas que vieron o escucharon la amenaza directa o indirectamente.
- Correos electrónicos o publicaciones en redes sociales: especialmente si la amenaza fue pública o anónima.
⚠️ Importante: Las pruebas deben demostrar que hubo una amenaza clara, creíble y que causó temor real en la persona afectada.
Estrategias de defensa para un delito de amenazas
Si eres acusado de un delito de amenazas, hay varias formas de defenderte en función del caso:
- Falta de intención (dolo). Si fue una frase dicha en un momento de enfado, sin intención real de causar miedo ni cumplir la amenaza.
- Amenaza no creíble. Si el contexto muestra que era una expresión exagerada, irónica o inofensiva.
- Confusión con coacciones. Algunas veces se confunde el delito de amenazas con el de coacciones (presionar a alguien para que haga o deje de hacer algo). La diferencia es importante porque las penas no son iguales.
- Ausencia de pruebas sólidas. Si no hay testigos ni mensajes y todo depende de la palabra de una persona contra otra, puede que no se llegue a condena.
Una buena defensa penal se basa en desmontar la acusación punto por punto, mostrando dudas razonables sobre la gravedad, intención y efectos de la supuesta amenaza.
En resumen, el delito de amenazas puede parecer algo leve, pero sus consecuencias legales son muy serias, especialmente si hay agravantes como el uso de armas, redes sociales o violencia en el ámbito familiar.
Si estás siendo investigado o has sido víctima de una amenaza, contar con un abogado penalista experto es clave para proteger tus derechos y asegurar la mejor defensa posible.