El delito de receptación: penas, requisitos y claves para su defensa en el Código Penal

Antonio Estella Aroza

¿Has comprado algo robado sin saberlo? El delito de receptación castiga a quien se beneficia de un delito patrimonial ajeno. 

Conoce sus requisitos (ánimo de lucro y conocimiento), las penas en el Código Penal y las claves para su defensa legal en España.

El delito de receptación es una figura penal compleja que castiga a quien se beneficia de un delito previo, aun sin haber participado en él. Si te enfrentas a una acusación, necesitas la defensa legal experta de nuestros abogados penalistas.

En ESYA Legal analizamos si procede la imputación y desarrollamos la estrategia de defensa más sólida ante las penas que establece el código penal sobre delito de receptación.

  • ¿Sabías que comprar un objeto online a un precio demasiado bajo puede considerarse un delito por receptación? 
  • ¿Conoces la diferencia legal entre el delito de receptación y el delito leve de receptación? 
  • ¿Sabes cómo se prueba el ánimo de lucro y el conocimiento de la procedencia ilícita?

Resolveremos cada una de estas preguntas a lo largo del contenido.

ASPECTOS CLAVE:

  • El delito de receptación castiga la posesión o adquisición de bienes procedentes de un delito previo (robo/hurto) con ánimo de lucro.
  • Para la condena, el acusado debe tener conocimiento o indicios de la procedencia ilícita. La adquisición a precio muy bajo es un indicio clave que se usa en su contra.
  • La pena de prisión va de seis meses a dos años, pero puede reducirse a una multa si se considera delito leve de receptación (bienes de valor inferior a 400€).

¿Qué es exactamente el delito de receptación?

El delito de receptación ocurre cuando una persona, sabiendo que se ha cometido un delito contra el patrimonio o el orden socioeconómico, ayuda a los autores a beneficiarse de sus efectos, o bien recibe, adquiere u oculta dichos efectos para lucrarse.

Es fundamental entender que el receptor no ha participado en el delito inicial.

¿Qué comportamientos son receptación?

En términos sencillos, el Código Penal español castiga las siguientes conductas:

  • Ayudar a los autores del delito a aprovecharse de lo obtenido (ej. venderles el botín).
  • Recibir los bienes obtenidos.
  • Adquirir (comprar) los efectos del delito.
  • Ocultar esos bienes (ej. esconder un coche robado).

Las penas por delito de receptación: tipo básico, agravado y cualificado

Un error en este ámbito puede llevar a una condena por delito de receptación en España, por lo que es vital entender cómo funciona y cuál es el plazo de prescripción del delito de receptación para los casos en que la infracción ya ha ocurrido.

El Código Penal establece diferentes marcos de castigo dependiendo de la gravedad de los hechos y la intención del autor, dividiéndolos en tres tipos.

Tipo básico: prisión de seis meses a dos años

El tipo básico del delito de receptación es el más habitual, y se aplica cuando concurren los requisitos esenciales (ánimo de lucro, conocimiento del origen delictivo, falta de participación en el delito previo) y no existen circunstancias especiales o agravantes.

Si el delito encubierto o previo estuviera castigado con una pena de otra naturaleza (no privativa de libertad), la prisión por receptación sería sustituida por la pena de multa de 12 a 24 meses.

Si la pena del delito previo fuese igual o inferior a esa multa, se impondría la pena del delito previo en su mitad inferior.

Cuándo la receptación se considera agravada

En este caso, la prisión es de 1 a 3 años.

El Código Penal eleva la pena cuando los bienes receptados tienen una especial relevancia social o un alto impacto en la comunidad. En estos supuestos, la pena de prisión aumenta y será de uno a tres años.

Esta pena agravada se aplica en los siguientes ejemplos de delito de receptación:

  • Cuando los efectos receptados son cosas de valor artístico, histórico, cultural o científico.
  • Si se trata de cosas de primera necesidad.
  • Cuando se trata de elementos de infraestructuras esenciales (conducciones, cableado, equipos o componentes de suministro eléctrico o de servicios de telecomunicaciones) o de otras cosas destinadas a la prestación de servicios de interés general.
  • Si los efectos son productos agrarios o ganaderos o los instrumentos utilizados para su obtención.
  • Cuando los hechos revisten especial gravedad debido al valor de los efectos o a los perjuicios que causó su sustracción.

El tipo cualificado: receptación con finalidad de tráfico

Existe un agravante adicional cuando la finalidad del receptor no es solo aprovecharse de los bienes, sino traficar con ellos. En este caso, las penas anteriores (básica o agravada) se impondrán en su mitad superior.

Si además este tráfico se realiza a través de un establecimiento o local comercial o industrial (por ejemplo, una tienda de segunda mano), se añaden las siguientes sanciones:

  • Pena de multa de 12 a 24 meses.
  • Posibilidad de inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión o industria (de dos a cinco años).
  • Posibilidad de cierre temporal (no más de cinco años) o definitivo del establecimiento.

Diferencias cruciales: Receptación vs. Encubrimiento y Blanqueo de Capitales

El Derecho Penal cuenta con varias figuras delictivas postdelictivas, es decir, que castigan actos posteriores a la comisión de un delito inicial. 

Esto genera confusión entre términos como receptación, encubrimiento y blanqueo de capitales. Aunque regulados en el mismo capítulo del Código Penal, sus elementos subjetivos (la intención) y los bienes jurídicos protegidos son diferentes.

¿Cuál es la distinción clave entre Receptación y Encubrimiento?

La diferencia esencial entre la receptación y el delito de encubrimiento (regulado en el artículo 451 del CP) reside en la existencia o no de un ánimo de lucro propio.

CaracterísticaDelito de ReceptaciónDelito de Encubrimiento
ÁnimoÁnimo de lucro y deseo de enriquecimiento propio.Ánimo altruista o de ayuda al delincuente; no busca el beneficio económico propio
Bien jurídico protegidoPatrimonio individual y orden socioeconómico.Administración de Justicia.
SanciónMáximo de 2 años de prisión.Máximo de 3 años de prisión.

En resumen, si el objetivo es enriquecerse con lo robado, es receptación; si el objetivo es ayudar al delincuente a escapar o dificultar la acción de la justicia (sin beneficio propio), es encubrimiento.

Receptación o blanqueo de capitales: origen y finalidad

La diferencia principal con el delito de blanqueo de capitales (regulado en el artículo 301 del CP) es la finalidad buscada por el autor:

  • En la receptación, se busca evitar que el autor original del delito obtenga una ganancia o que el receptor se beneficie, sin que necesariamente se exija darle una apariencia de legalidad a los bienes.
  • En el blanqueo, la finalidad es el proceso por el cual los bienes de origen delictivo se integran en el sistema económico legal, dándoles una apariencia de licitud.

Existen otras distinciones importantes:

  • Delito precedente. La receptación solo aplica a delitos previos contra el patrimonio o el orden socioeconómico. El blanqueo puede provenir de cualquier actividad delictiva (narcotráfico, corrupción, etc.).
  • Participación. En la receptación, el autor no puede haber participado en el delito previo. En el blanqueo, las ganancias pueden provenir de la propia actividad delictiva del blanqueador.
  • Dolo. La receptación es necesariamente dolosa (se necesita conocimiento e intención). El blanqueo de capitales admite la comisión imprudente (por negligencia).

El delito de receptación castiga el aprovechamiento lucrativo de bienes procedentes de un delito previo.

Dada la gravedad de las penas de prisión (6 meses a 3 años) y la complejidad de probar el dolo, la defensa legal especializada es indispensable desde el inicio del proceso.

En ESYA Legal, somos expertos en Derecho Penal listos para diseñar una estrategia sólida que proteja tus derechos y analice a fondo los elementos subjetivos de la acusación.

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